# Artículo 102, Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Materiales Relacionados

Ley: Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Materiales Relacionados (Decreto 101-2018). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-armas/
Ubicación: TÍTULO V MECANISMOS DE CONTROL Y CUMPLIMIENTO · CAPÍTULO I SANCIONES
Fuente: TSC (La Gaceta n.º 34,866, 8-feb-2019), https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Decreto-101-2018.pdf. Texto descargado el 18 de octubre de 2026.
Última reforma: Decreto 146-2022, Gaceta No. 36,196, del 2023-04-03.

SANCIONES.- Sin perjuicio de la responsabilidad penal a la que hubiese lugar, las infracciones a la presente Ley y su Reglamento, serán sancionadas de la forma siguiente:

1) Cuando se trate de persona natural, de un cuarto (1/4) a medio (1/2) salario mínimo vigente, según la gravedad de la misma; en los casos de que se trate de personas jurídicas será de un tercio (1/3) a un (1) salario mínimo, según la gravedad de la misma.

2) Suspensión de la licencia por un mínimo de seis (6) meses y un máximo de dos (2) años, cuando se incumplan las disposiciones contempladas en las licencias, así como el pago de las multas descritas en el numeral anterior, aumentadas en un tercio;

3) Revocación de la licencia según la gravedad de la infracción; y,

4) En los casos anteriores, se debe decomisar el mate- rial controlado, sin perjuicio de la responsabilidad penal que proceda.

## Del mismo capítulo

- Artículo 97 (https://leyteca.com/hn/ley-armas/articulo-97/)
- Artículo 98 (https://leyteca.com/hn/ley-armas/articulo-98/)
- Artículo 99 (https://leyteca.com/hn/ley-armas/articulo-99/)
- Artículo 100 (https://leyteca.com/hn/ley-armas/articulo-100/)
- Artículo 101 (https://leyteca.com/hn/ley-armas/articulo-101/)

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-armas/articulo-102/

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